Falsa denuncia de abuso sexual en una separación: cómo defenderse
Es la acusación más grave y la que más rápido corta el contacto con los hijos. Cómo funciona la Cámara Gesell, qué pericias se hacen y cómo se protege el vínculo mientras dura la causa.
Una denuncia de abuso sexual contra un hijo o una hija suspende de inmediato el contacto y abre una causa penal larga. Cuando aparece en medio de una separación o de una disputa por el cuidado de los hijos, hay que actuar rápido y con método: el tiempo sin contacto daña el vínculo, y la prueba se juega en los primeros pasos del proceso.
1. Asistencia letrada desde el primer día
No intente hablar del tema con su hijo ni con quien hizo la denuncia, y no declare sin abogado. Reúna desde ya la documentación de la relación con sus hijos: fotos, mensajes, constancias del colegio y del pediatra, y datos de quienes conocen la vida familiar.
2. La Cámara Gesell
El niño o la niña declara una sola vez, ante una psicóloga o un psicólogo especializado, en una sala preparada y con grabación. La defensa puede proponer un perito de parte y hacer llegar sus preguntas por intermedio del profesional. Controlar que la entrevista respete los protocolos es clave para que el relato no se contamine con preguntas sugestivas.
3. Las pericias
Se suelen ordenar pericias psicológicas y, según el caso, médicas. Con peritos de parte se controla la metodología y se aportan las conclusiones que el expediente necesita.
4. El contexto
La cronología del conflicto familiar, los antecedentes, la historia del vínculo con los hijos y la opinión de otros profesionales que conocen a la familia ayudan a demostrar que la denuncia no se sostiene.
5. Proteger el vínculo con los hijos
En el fuero de familia se pide cuanto antes un régimen de comunicación supervisado o una revinculación asistida. Cuanto más dura la distancia, más difícil es recuperar el vínculo.
6. Después del sobreseimiento
Probada la falsedad, se pueden evaluar la denuncia por falsa denuncia (art. 245 del Código Penal) y el reclamo de daños (art. 1771 del Código Civil y Comercial).
Los abusos reales existen y se investigan con todo rigor; por eso mismo, una denuncia falsa daña también a las verdaderas víctimas. Cada caso es distinto: en la primera consulta se revisa el expediente y se explica cómo avanzar.