¿Cómo se dividen los bienes en el divorcio?
Qué bienes se reparten y cuáles no, cómo se calculan las compensaciones entre los cónyuges y qué hacer si el otro oculta bienes.
Por Dra. Florencia Ayelén Fiorito
Con el divorcio termina el régimen patrimonial del matrimonio y hay que liquidarlo. La mayoría de los matrimonios están en el régimen de comunidad, en el que los bienes gananciales se dividen por mitades.
Bienes propios y bienes gananciales
- Propios: los que cada uno tenía antes de casarse y los que recibió durante el matrimonio por herencia, legado o donación. No se dividen.
- Gananciales: los adquiridos durante el matrimonio por cualquier otro título, como el trabajo, una compra o un plazo fijo. Se dividen en partes iguales (art. 498 del Código Civil y Comercial).
Si los cónyuges optaron por el régimen de separación de bienes en una convención matrimonial, cada uno conserva lo suyo.
Las recompensas
Si con dinero ganancial se mejoró un bien propio, o con dinero propio se pagó un bien ganancial, se generan créditos entre los cónyuges, llamados recompensas (art. 488), que se suman o restan en la liquidación.
Cómo se hace la división
Puede acordarse en la propuesta reguladora o en un convenio posterior. Si no hay acuerdo, se pide la liquidación judicial: inventario, tasación y adjudicación de los bienes, o su venta y reparto del dinero.
Si el otro esconde o vacía bienes
Mientras se tramita, se pueden pedir medidas cautelares para que no se vendan ni se oculten bienes gananciales: embargos, inhibiciones, anotación de litis. Si ya se transfirieron a terceros o a sociedades para sacarlos de la división, se investigan y se reclaman.
Cada caso es distinto. En la primera consulta se revisa el patrimonio y se explica qué corresponde dividir.